Por : Enoc Reyes
Perder a un ser querido es uno de los momentos más difíciles que podemos enfrentar. Además de la tristeza y la incertidumbre, surgen preguntas que requieren respuestas inmediatas: ¿a quién debemos llamar?, ¿qué documentos necesitamos?, ¿qué trámites debemos realizar?, ¿cómo organizar su despedida?
En esos momentos, contar con información clara y orientación oportuna puede hacer una diferencia importante.
En Señorial Grupo Funerario hemos preparado esta guía para orientar a las familias de Ixmiquilpan, el Valle del Mezquital y otras localidades de Hidalgo sobre los primeros pasos que deben seguir ante el fallecimiento de un ser querido.
1. ¿Qué hacer en los primeros momentos?
Los procedimientos pueden variar dependiendo del lugar y las circunstancias en las que ocurre el fallecimiento.
Si el fallecimiento ocurre en casa
Cuando una persona fallece en su domicilio a consecuencia de una enfermedad conocida, lo recomendable es contactar al médico tratante o a la institución de salud correspondiente para recibir orientación sobre la certificación del fallecimiento.
Si el fallecimiento ocurre de manera inesperada, se desconocen sus causas o existe alguna duda sobre si la persona continúa con vida, es importante comunicarse al 911 para solicitar atención y orientación.
Si ocurre en un hospital
El personal médico y administrativo de la institución orientará a la familia sobre la expedición del certificado de defunción, la documentación necesaria y los procedimientos para la entrega de su ser querido.
Si ocurre por un accidente o en circunstancias violentas o sospechosas
Es necesario dar aviso a las autoridades competentes. En estas situaciones puede intervenir el Ministerio Público, por lo que deberán seguirse sus indicaciones y obtenerse las autorizaciones correspondientes antes de realizar cualquier traslado.
Cada circunstancia requiere una atención particular. Por ello, es importante recibir orientación antes de iniciar los procedimientos funerarios.
2. Obtener el certificado médico de defunción
Uno de los primeros documentos que se necesitan es el certificado médico de defunción.
Este documento es expedido por personal médico autorizado y registra información relacionada con el fallecimiento, incluyendo sus causas cuando estas pueden determinarse conforme a los procedimientos aplicables.
Para obtenerlo, la familia debe comunicarse con el médico tratante, la institución de salud correspondiente o la autoridad competente, según las circunstancias.
Es importante revisar que el nombre completo, la fecha de nacimiento, la CURP y los demás datos personales estén correctamente registrados, de acuerdo con los documentos disponibles.
El certificado médico de defunción y el acta de defunción son documentos diferentes. El primero documenta médicamente el fallecimiento; el segundo acredita legalmente su registro ante el Registro Civil o del Estado Familiar.
3. ¿Qué documentos debemos tener a la mano?
Organizar la documentación desde los primeros momentos puede facilitar los procedimientos y evitar desplazamientos innecesarios.
Para hacerlo más sencillo, hemos dividido los documentos en dos etapas.
Primera etapa: documentos para obtener el certificado médico de defunción
Dependiendo de las circunstancias y de la institución que realice la certificación, es recomendable tener disponibles los siguientes documentos e información:
- Identificación oficial de nuestro ser querido.
- CURP de nuestro ser querido.
- Identificación oficial del familiar que proporciona la información.
- Acta de matrimonio, cuando corresponda.
- Datos del médico tratante o de la institución donde recibió atención.
- Información médica disponible relacionada con su última enfermedad, cuando corresponda.
La institución médica o el profesional que realice la certificación indicará qué documentación necesita.
Importante: no todos estos documentos son requisitos obligatorios en todos los casos. Su finalidad es facilitar la identificación y el correcto registro de la información.
Segunda etapa: documentos que debemos reunir una vez obtenido el certificado
Después de recibir el certificado médico de defunción, es recomendable preparar un expediente con la documentación que puede ser necesaria para el registro legal, las autorizaciones funerarias y los trámites posteriores.
Lista de verificación
- Certificado médico de defunción original y sus copias correspondientes.
- Identificación oficial de nuestro ser querido.
- CURP de nuestro ser querido.
- Acta de nacimiento.
- Identificación oficial y CURP del familiar que realizará el trámite.
- Identificación oficial y CURP de dos testigos, cuando sean requeridos.
- Acta de matrimonio, cuando corresponda.
- Documentos o autorizaciones de la autoridad competente, si el fallecimiento ocurrió por accidente o en circunstancias sujetas a investigación.
- Información sobre el lugar de inhumación o cremación, según la alternativa elegida.
Los requisitos y el número de copias pueden variar entre municipios.
Recomendación: conservar los documentos originales en una carpeta y preparar copias legibles facilitará los trámites. Antes de acudir a una dependencia, es conveniente confirmar los requisitos específicos.
4. ¿Qué autorizaciones se necesitan antes de realizar el servicio funerario?
Una vez obtenido el certificado médico de defunción, es importante identificar qué autorizaciones deben gestionarse para realizar el servicio funerario conforme a las disposiciones aplicables.
En Hidalgo, la inhumación y la cremación requieren autorización escrita del Registro del Estado Familiar.
Los procedimientos y requisitos pueden variar según el municipio donde ocurrió el fallecimiento y el lugar donde se realizará la despedida o disposición final.
¿Qué sucede si nuestro ser querido debe ser trasladado a otra entidad federativa?
Cuando el traslado se realiza fuera del estado de Hidalgo, deben atenderse los requisitos de traslado correspondientes, incluidos los permisos sanitarios aplicables.
En estos casos puede ser necesario contar previamente con el acta de defunción y otros documentos solicitados por las autoridades del lugar de origen o destino.
También existen supuestos en los que el registro de defunción o la presentación del acta son necesarios antes de la inhumación o cremación, aun cuando no se realice un traslado interestatal.
Por ello, es importante verificar oportunamente los requisitos y no dar por hecho que todos los trámites pueden realizarse después del servicio.
Una agencia funeraria puede orientar a la familia sobre los procedimientos que correspondan y apoyar en su gestión, de acuerdo con el servicio contratado.
5. Elegir cómo despedir a nuestro ser querido
Cada familia tiene sus propias tradiciones, creencias y maneras de honrar la memoria de quienes han partido.
Entre las principales alternativas funerarias se encuentran:
Inhumación
La inhumación consiste en dar sepultura a nuestro ser querido en un panteón autorizado. Es una de las formas tradicionales de despedida y puede realizarse después de una velación en domicilio o sala funeraria y una ceremonia religiosa o civil, de acuerdo con las creencias y costumbres familiares.
Cremación
La cremación es un procedimiento funerario que consiste en someter los restos de una persona fallecida a altas temperaturas dentro de un horno especializado, en instalaciones destinadas y autorizadas para este fin.
Durante el proceso, los tejidos se consumen por efecto del calor y permanecen principalmente restos óseos, que posteriormente son procesados para obtener el material fino conocido comúnmente como cenizas.
Estas se depositan en una urna que se entrega a la familia.
¿Qué sucede después de la cremación?
Las familias pueden elegir diferentes formas de conservar o dar un destino final a las cenizas de su ser querido:
- Conservar la urna en un espacio especial del hogar.
- Depositarla en un nicho o columbario.
- Colocarla en un espacio de un cementerio autorizado.
- Realizar una ceremonia de despedida y disponer de las cenizas en un lugar significativo, siempre que las disposiciones aplicables lo permitan.
La cremación puede realizarse después de una velación o ceremonia de despedida, si así lo desea la familia.
Para llevar a cabo este procedimiento deben cumplirse los requisitos de identificación, documentación y autorizaciones correspondientes.
Es importante saber que la cremación es un procedimiento irreversible. Por ello, antes de tomar una decisión, es conveniente conocer sus características, considerar la voluntad que haya expresado nuestro ser querido y conversar sobre las preferencias de la familia.
Velación en domicilio o sala funeraria
La velación es un espacio de encuentro y despedida donde familiares y personas cercanas pueden reunirse para honrar la memoria de su ser querido, compartir recuerdos y brindarse apoyo.
Puede realizarse en el domicilio familiar o en una sala funeraria, de acuerdo con las preferencias y tradiciones de cada familia.
La velación no determina si posteriormente se realizará una inhumación o cremación; ambas alternativas pueden estar acompañadas de una ceremonia de despedida.
Antes de contratar cualquier servicio funerario, es recomendable solicitar una cotización clara, conocer los conceptos incluidos y preguntar por posibles cargos adicionales.
6. ¿Qué sucede si nuestro familiar contaba con un plan de previsión o asistencia funeraria?
Antes de contratar un servicio, es importante verificar si nuestro ser querido o algún integrante de la familia cuenta con una cobertura funeraria vigente.
Esta protección puede encontrarse incluida en:
- Planes de previsión funeraria.
- Prestaciones laborales.
- Seguros con asistencia funeraria.
- Beneficios otorgados por sindicatos, asociaciones o instituciones.
Cuando existe una cobertura, conviene comunicarse con el proveedor para conocer las condiciones y el procedimiento de activación.
Revisar esta información puede evitar gastos innecesarios y permitir que la familia aproveche los beneficios previamente contratados.
7. Después de la despedida, ¿qué trámites quedan pendientes?
Al concluir el servicio funerario pueden quedar pendientes diferentes asuntos administrativos, personales y familiares.
Uno de los documentos que conviene tener disponible es el acta de defunción, emitida por el Registro Civil o del Estado Familiar.
Si el fallecimiento ya fue registrado, la familia podrá solicitar las copias certificadas que necesite para sus trámites posteriores.
Si el registro no se ha completado, es importante verificar de inmediato los pasos y plazos correspondientes con la autoridad, ya que no debe darse por hecho que puede posponerse hasta después de la despedida.
El acta de defunción puede ser necesaria para:
- Gestionar seguros de vida.
- Solicitar pensiones o prestaciones.
- Realizar trámites bancarios.
- Atender asuntos sucesorios.
- Actualizar o cancelar determinados registros y servicios.
No todos los asuntos administrativos deben resolverse al mismo tiempo. Es conveniente identificar aquellos que tienen plazos específicos y organizar los demás de acuerdo con las necesidades de la familia.
Sin embargo, existe otro aspecto que merece especial atención: el bienestar emocional de quienes enfrentan la pérdida.
La despedida de un ser querido no termina cuando concluye el servicio funerario.
8. El duelo también merece atención y acompañamiento
La pérdida de un ser querido puede transformar profundamente nuestra vida cotidiana.
La tristeza, la incertidumbre, el enojo, la soledad o la dificultad para adaptarnos a la ausencia son algunas de las emociones que podemos experimentar durante el duelo.
Cada persona vive este proceso de manera diferente. No existen tiempos universales ni una única forma correcta de afrontar una pérdida.
Hablar de lo que sentimos, compartir nuestros recuerdos y recibir apoyo de las personas cercanas puede ayudarnos durante este proceso.
En ocasiones, también puede ser valioso contar con acompañamiento profesional.
Centro de Tanatología Señorial: un espacio para escuchar, comprender y acompañar
En Señorial Grupo Funerario entendemos que la atención a las familias va más allá de la organización de un servicio funerario.
Por ello, contamos con el Centro de Tanatología Señorial, un espacio dedicado a brindar orientación y acompañamiento emocional a quienes atraviesan la pérdida de un ser querido.
A través de la atención tanatológica buscamos ofrecer un entorno de confianza, escucha y respeto, donde las personas puedan expresar sus emociones, comprender su proceso de duelo y encontrar herramientas para adaptarse a los cambios que implica una pérdida.
Buscar acompañamiento no significa olvidar a quien ha partido. Significa aprender a vivir con su ausencia, conservando el afecto, los recuerdos y el significado de su historia.
Para conocer nuestros servicios de acompañamiento tanatológico, puedes comunicarte con el Centro de Atención Señorial.
Preguntas frecuentes
¿A quién debo llamar primero si un familiar fallece en casa?
Depende de las circunstancias. Si existe una emergencia médica, incertidumbre sobre el fallecimiento o una muerte inesperada, llama al 911. Si se trata de un fallecimiento por una enfermedad conocida, puedes contactar al médico tratante o a la unidad médica correspondiente.
¿Puedo comunicarme con una funeraria aunque todavía no tenga el certificado de defunción?
Sí. Puedes solicitar orientación, conocer las opciones disponibles y recibir información sobre los documentos necesarios. Los traslados y demás procedimientos deberán realizarse conforme a las autorizaciones aplicables.
¿Qué diferencia existe entre el certificado y el acta de defunción?
El certificado es expedido por personal médico autorizado y documenta el fallecimiento. El acta es el documento legal emitido por el Registro Civil o del Estado Familiar después de realizar el registro correspondiente.
¿El acta de defunción se obtiene antes o después del servicio funerario?
Depende de los procedimientos y requisitos aplicables. En algunos casos debe obtenerse antes de la inhumación, cremación o traslado. En otros, las familias pueden gestionar copias certificadas para sus asuntos administrativos después de la despedida. Es importante consultar oportunamente con la autoridad correspondiente.
¿Se puede realizar una velación antes de la cremación?
Sí. La familia puede organizar una velación o ceremonia de despedida antes de la cremación, de acuerdo con sus creencias y preferencias.
¿Qué recibe la familia después de una cremación?
La familia recibe los restos cremados de su ser querido, comúnmente conocidos como cenizas, depositados en una urna. Es recomendable preguntar al proveedor sobre el tipo de urna incluida y la documentación de entrega.
¿Dónde puedo recibir acompañamiento emocional después de una pérdida?
El Centro de Tanatología Señorial ofrece orientación y acompañamiento emocional para las personas que atraviesan un proceso de duelo. Puedes solicitar información sobre los servicios disponibles a través de nuestro Centro de Atención.
Estamos para orientarte
Sabemos que ninguna despedida es igual a otra. Cada persona deja una historia, recuerdos y vínculos que permanecen en quienes tuvieron la oportunidad de compartir su vida.
En Señorial Grupo Funerario creemos que la atención funeraria debe construirse desde el respeto, la claridad y la sensibilidad hacia las necesidades de cada familia.
Nuestro compromiso es brindar orientación profesional durante los momentos difíciles y reconocer que las necesidades de las familias también merecen atención después de la despedida.
Si necesitas información sobre servicios funerarios, previsión o acompañamiento tanatológico, nuestro equipo puede orientarte.
Centro de Atención Señorial
Teléfono: (759) 723-4171
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Honramos su historia. Cuidamos de quienes la continúan.

